El pasado 17 de Julio, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas reformas a leyes federales, particularmente a Ley General de Población y Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, que establecen como obligatoria la nueva CURP biométrica como instrumento de identificación oficial para todas las personas en este país.
¿Porqué es importante?, por que no será solo un conjunto de 18 caracteres alfanuméricos dependiendo el nombre, la entidad de la República, sexo, donde nació etc. Sino además un registro que incorpora fotografía y huellas dactilares como parte de la identificación oficial.
No olvidemos que los datos biométricos como huellas dactilares y fotografías se clasifican como datos personales sensibles. Esto implica que revelan características físicas únicas y están sujetos a un régimen de protección reforzada. Por ello, aparentemente la autoridad ya no tendrá que obtener un consentimiento expreso e informado por escrito. Sin embargo, deberá garantizarse la prohibición de transferencia sin autorización: salvo en casos previstos por ley, como investigaciones ministeriales o cumplimiento de órdenes judiciales.
La gran pregunta es ¿quién se va a encargar de proteger esos datos?, la respuesta es la Secretaría de Gobernación quien dirigirá la integración de datos biométricos al Registro Nacional de Población (RENAPO). A su vez la ya multipoderosa Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones será responsable de la versión digital y de la Plataforma Única de Identidad que es el sistema central para consulta y validación de CURP biométrica. Es decir, ante la desaparición del INAI, ya no habrá un órgano ajeno al poder ejecutivo quien salvaguarde todos los datos personales de dicho registro. Por ello es que esperamos que se implementen medidas tecnológicas suficientes, evitando la pérdida o robo de dichos datos como: cifrado de extremo a extremo de los datos biométricos, tanto en tránsito como en reposo; almacenamiento en entornos aislados (air-gapped) y separación de bases de datos por niveles de sensibilidad y gestión de identidades basada en “menor privilegio” para personal administrativo entre otras. Hasta el momento no se ha dicho cómo se van a garantizar, sobre todo ante la desaparición del INAI, y la limitación presupuestal, que observamos en muchas dependencias.
La otra pregunta es ¿desde cuando es obligatoria?, dicho decreto marcó el inicio de plazos clave para poner en marcha la CURP biométrica; antes del 15 de octubre de este año de creará la Plataforma Única de Identidad y habilitará mecanismos de consulta, transferencia y validación de datos biométricos. Antes del 14 de noviembre de este año, dicha secretaría integrará un programa para incorporar datos biométricos de niñas, niños y adolescentes al RENAPO. Así mismo, en un plazo de 90 días naturales a partir de la publicación los entes públicos y privados deberán adoptar la CURP biométrica como requisito en todos sus trámites y servicios. Finalmente, será obligatoria para la población general a partir de febrero de 2026, trascendiendo trámites de salud, bancarios, escolares y apertura de contratos privados etc. Por ello, será un requisito obligatorio para mexicanos y extranjeros con estancia regular, servirá para validación presencial y en línea y se integrará al Sistema Nacional de Salud y bases forenses.
Las sanciones para las autoridades o particulares que se nieguen a reconocerla enfrentarán multas de hasta 20,000 veces el valor diario de la UMA. La nueva CURP estará disponible en formatos físico y digital, contendrá fotografía, huellas dactilares y un código QR con datos biométricos. Por ello se tendrá información mucho más completa para identificar a las personas en este país y dar una verdadera certeza legal de qué son ellas, y en el caso de alguna cuestión legal e inclusive una lamentable desaparición, se tendrá información importante para una debida identificación.
¿Cuáles son los retos?, como ya se dijo es la privacidad y la ciberseguridad, pues al convertir los datos biométricos en pieza clave de la identidad genera preocupaciones graves: las huellas no pueden reemplazarse si se filtran o hackean, se exponen a una vulnerabilidad individual y por ello a una suplantación. Otra preocupación es la centralización masiva de esta información convierte a la CURP biométrica en un punto de ataque altamente atractivo para ciberdelincuentes. Finalmente, combinada con nuevas obligaciones en telecomunicaciones, se teme la creación de un sistema de vigilancia con geolocalización en tiempo real, pues particulares y empresas estarán obligados a compartir datos ante requerimiento de autoridades.
La CURP biométrica promete agilizar trámites y fortalecer la seguridad jurídica, pero se cuestiona el posible uso persecutorio que se le dé, así como la protección y conservación de dichos datos de todos los ciudadanos, ¿usted confía que el Estado, y particularmente la Secretaría de gobernación va a tomar todas las medidas necesarias para ello? CARPE DIEM.
¿Sabía usted que es obligatoria la CURP Biométrica?
