OPINIÓN DE ESPECIALISTAS

TIPOS DE FINANCIAMIENTO QUE RECIBEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Para cumplir con sus tareas de promover la participación democrática, los partidos políticos en Morelos reciben recursos que se dividen principalmente en financiamiento público (dinero del Estado) y financiamiento privado (dinero de sus militantes y simpatizantes).

La ley establece que el financiamiento público debe prevalecer sobre el privado para garantizar la equidad y la transparencia en las elecciones. Es decir, no pueden recibir de militantes y simpatizantes una cantidad mayor a la que el Estado les otorga a través de las prerrogativas.

La normativa electoral del estado de Morelos contempla los siguientes tipos de financiamiento público para los partidos políticos:

  1. Actividades ordinarias permanentes: son los recursos destinados al funcionamiento diario de los partidos, como el pago de oficinas, salarios y papelería. El monto total se calcula anualmente multiplicando el número de personas en el padrón electoral por el 65 % del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
  2. Obtención del voto (gastos de campaña): esta prerrogativa se entrega únicamente en años de elecciones para que las candidaturas difundan sus propuestas. Si se elige a la persona titular de la gubernatura, los partidos reciben un monto adicional equivalente al 50 % de su presupuesto ordinario; si solo se eligen diputaciones y ayuntamientos, el monto es del 30 %.
  3. Actividades específicas: estos recursos se destinan exclusivamente a la educación cívica, la capacitación, la investigación y las tareas editoriales. Es obligatorio que los partidos destinen al menos el 3 % de su presupuesto ordinario al liderazgo político de las mujeres y el 2 % al desarrollo político de grupos vulnerables e indígenas.
  4. Prerrogativa de representación: en Morelos, los partidos tienen derecho a recibir un 6 % adicional de su financiamiento ordinario para sus actividades de representación ante los órganos electorales.

Los partidos también pueden obtener recursos de fuentes ciudadanas mediante el financiamiento privado, siempre que sean de origen lícito y no superen los límites legales. Estos recursos incluyen:

  • Aportaciones de militantes: son las cuotas obligatorias u ordinarias que pagan las personas afiliadas al partido.
  • Aportaciones de simpatizantes: son los donativos que personas físicas mexicanas realizan de manera libre y voluntaria. Existen topes individuales para evitar que una sola persona aporte cantidades excesivas.
  • Autofinanciamiento: son los ingresos que el partido genera por sus propios medios, como la organización de conferencias, eventos, rifas o sorteos.

Vigilancia y control

Es importante que sepas que cada peso que reciben los partidos o las candidaturas es fiscalizado por el INE, pues se trata de una atribución exclusiva que le confiere la Constitución. Los partidos están obligados a entregar informes mensuales y anuales sobre el origen y destino de sus recursos. El incumplimiento de estas reglas o el uso de dinero prohibido pueden dar lugar a fuertes multas o incluso a la pérdida del registro del partido.

El Impepac ha solicitado, en el anteproyecto de presupuesto 2027, la cantidad de (——), correspondiente a las prerrogativas que recibirán los partidos políticos en el año de la elección. Además, aprobó los límites de financiamiento privado que puede recibir cada partido político en 2026 y hará lo mismo para 2027.

Te invito a mantenerte informado sobre este proceso electoral.

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