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¿Serán delitos los memes?


Por: Dr. Adrián Román Hernández
Fecha: 29 de Septiembre del 2026


La iniciativa de reforma en varias leyes no castiga expresamente la creación de memes, así que usted debe estar tranquilo, pero sí propone penas de prisión para quienes utilicen elementos oficiales del gobierno con fines de engaño, esto es, incorpora un nuevo delito relacionado con la suplantación de identidad gubernamental.
Ahora bien, el tema polémico es el nuevo artículo 403 Bis de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que de acuerdo a la iniciativa busca fortalecer la protección de derechos de propiedad intelectual y armonizar la legislación mexicana con compromisos internacionales. La ultima versión del dictamen establece sanciones para quien: “utilice, reproduzca, imite o incorpore la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de los tres órdenes de gobierno cuando ello se haga a escala comercial, con la intención de inducir al error o engaño y con la finalidad de cometer un ilícito relacionado con el supuesto origen oficial de una comunicación, plataforma, documento o servicio gubernamental”.
El objetivo de acuerdo a la versión oficial es combatir esquemas de fraude digital en los que se crean páginas falsas del SAT, portales falsos de dependencias públicas o comunicaciones que aparentan provenir de autoridades para obtener dinero, información personal o acceso a sistemas informáticos. La redacción original contemplaba sanciones de tres a siete años de prisión y multas de mil a diez mil UMA. Tras las modificaciones, la propuesta quedó en una pena de uno a cinco años de prisión, además de las multas económicas correspondientes.
Por tanto, la reforma no sanciona cualquier meme ni cualquier uso de logotipos gubernamentales. Para configurar el delito sería necesario acreditar varios elementos: el uso de símbolos oficiales, la existencia de una finalidad de engaño, una intención delictiva posterior y una actividad desarrollada a escala comercial, por ello, un meme satírico del que comúnmente nosotros los mexicanos somos muy creativos, difícilmente encajarían en el supuesto penal si resulta evidente que se trata de una parodia y no de una comunicación auténtica del gobierno.
Cuál es el otro lado de la versión, varias organizaciones civiles, periodistas y legisladores de oposición han advertido que el problema no se encuentra únicamente en lo que la ley pretende castigar, sino en cómo podría interpretarse y aplicarse en el futuro. En donde esta la duda, en la “escala comercial” lo cual es sumamente impreciso y que podría interpretarse que si plataformas digitales, medios de comunicación o creadores de contenido obtienen ingresos mediante publicidad podrían verse involucrados en investigaciones de este tipo lo que generaría un efecto inhibidor per se, y habría entonces una posible censura al respecto, ¿no lo cree usted?. Le explico, en la práctica una investigación penal puede convertirse en un mecanismo de presión incluso cuando al final no exista sanción, pero exponer a un ciudadano o empresa periodística a citatorios, aseguramiento de equipos o procesos judiciales prolongados pueden generar autocensura entre periodistas, caricaturistas y usuarios de redes sociales. Además del costo reputacional y económico que generaría contratar abogados, peritos etc. Aunado a que si no tenemos fiscalías autónomas y poderes judiciales sólidos siempre existirá un riesgo.
Ahora bien, aunque dicho delito exige además engaño e intención ilícita, la amplitud de algunos términos ha generado inquietud sobre todo en los comunicadores y usuarios de redes. Mientras en el texto no contenga una excepción expresa para actividades periodísticas, parodias, sátiras, caricaturas políticas o expresiones críticas dirigidas a autoridades generalmente al régimen existiría riesgo.
En ese sentido la suprema corte de justicia de la nación y la jurisprudencia interamericana ha sostenido que los tipos penales deben describir con precisión las conductas prohibidas y evitar formulaciones ambiguas que permitan interpretaciones arbitrarias por parte de la autoridad. El dictamen fue aprobado en comisiones y pasó a la etapa de discusión y votación en el Pleno del Senado.
Otros países que no cuentan con un sistema democrático sólido, han creado figuras penales como éste alrededor del discurso digital que después pueden terminar ampliándose contra la crítica.
La discusión de fondo va más allá del debate sobre memes, será determinar hasta dónde puede llegar el Estado en la protección de su identidad institucional sin afectar el derecho ciudadano a cuestionar, ridiculizar o criticar a quienes ejercen el poder CARPE DIEM.